La Junta de Gobierno convoca Cabildo General de Elecciones para el lunes 27 de junio de 2022 a las 19:30 horas tal como se adjunta dicha convocatoria y pasamos a detallar el proceso electoral en este documento que os remitimos.
CENSO
El Censo Electoral lo componen los Hermanos que tengan cumplidos el día de la celebración del Cabildo General de Elecciones los 18 años de edad, tengan como mínimo un año de antigüedad y tengan completamente pagadas las cuotas hasta diciembre de 2021 inclusive.
Del 21 de febrero al 22 de marzo, ambos inclusive, en el horario y días habituales de apertura de la Casa Hermandad estará a disposición de los Hermanos el Censo Electoral para subsanar las reclamaciones de los interesados, este plazo es perentorio, entendiéndose que una vez finalizado dicho plazo y no haya resuelto la incidencia por la que no aparezca en el Censo Electoral quedará fuera del mismo de manera definitiva.
Los Hermanos con derecho a voto, que no hayan comunicado el número del documento de identidad, serán incluidos en el Censo de Electores, pudiendo ejercer su derecho a voto con tal de que en el momento de emitirlo acrediten su identidad y presenten el citado documento.
CANDIDATURAS
El plazo de presentación de Candidaturas es del 21 de febrero al 22 de abril, ambos inclusive, en el horario y días habituales de apertura de la Casa Hermandad.
Las candidaturas serán conjuntas y cerradas, presentadas por el candidato a Hermano Mayor mediante escrito dirigido a la Secretaría. Para ello deberá aportar relación de miembros especificando los cargos a los que opten, adjuntándose la fotocopia del respectivo Documento Nacional de Identidad de cada uno y lo indicado en la Regla 97ª.
La Junta de Gobierno está formada por los siguientes quince miembros: un Hermano Mayor, un Teniente de Hermano Mayor, tres Mayordomos, dos Secretarios, un Fiscal, dos Priostes, un Promotor Sacramental y de Formación, un Diputado de Caridad, un Diputado de Cultos, un Diputado de Juventud y un Diputado Mayor de Gobierno.
Para poder ser miembro de la Junta de Gobierno será absolutamente indispensable reunir las cualidades descritas en el Derecho Canónico, en las Disposiciones desarrolladas por la Autoridad Eclesiástica competente y, en particular:
– Ser persona creyente y piadosa, amante de la disciplina eclesiástica y dispuesta a promover en su entorno el amor a Cristo y su bendita Madre, con auténtica vocación cristiana y decidida entrega a los demás.
– Tener dieciocho años cumplidos, excepto el Hermano Mayor que deberá tener, al menos, treinta años.
– Tener una antigüedad de tres años consecutivos en la Hermandad, excepto el Hermano Mayor, que la requiere de cinco, además de haber sido miembro de Junta y/o haber ostentando cargo auxiliar en la Hermandad.
– Residir en un lugar desde el que sea posible cumplir con la misión relativa al cargo.
– No podrá ser miembro de la Junta de Gobierno quien desempeñe cargo de dirección o responsabilidad en sindicato, organización o partido político, o de autoridad civil ejecutiva o legislativa, en cualquiera de sus niveles.
– Tampoco podrá serlo aquel hermano que esté legítimamente sancionado.
– Presentar con su candidatura copia del Documento Nacional de Identidad –o documento oficial equivalente, en el caso de extranjeros-, certificado actualizado de bautismo, declaración jurada de encontrarse en situación familiar regular y, en su caso, certificado de matrimonio.
– Seguir los programas de formación cristiana que eventualmente sean organizados a tal fin por la Delegación Diocesana de Hermandades y Cofradías o por el Consejo de Hermandades y Cofradías de Sevilla, bajo la supervisión de dicha Delegación.
– Encontrarse al corriente de sus obligaciones de abono de cuotas.
Concluido el plazo de presentación de candidatos, la Junta de Gobierno, con el visto bueno de la Comisión Electoral, comunicará la relación de los mismos a la Delegación Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías, especificando en todo caso quienes se presentan al cargo de Hermano Mayor. Esta relación de candidatos se acompañará de certificación del Secretario de la Hermandad acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos por las Normas Diocesanas y en la Regla 97ª.
Tras la preceptiva comunicación a la Autoridad Eclesiástica, se enviará por parte de la Secretaría a todos los hermanos la relación de candidatos presentados, a la que deberá añadirse un programa de actividades elaborado por cada candidatura, haciéndose en condiciones de igualdad de todas las presentadas.